Españoles en el exterior: Tramitación del Número de Identificación Fiscal-NIF

El Número de Identificación Fiscal (NIF) se obtiene en el Consulado español correspondiente al país de residencia de forma gratuita
CEEM. Caracas, 14-11-2017
Lo españoles residentes en el exterior que carezcan de Documento Nacional de identidad (DNI) y necesiten realizar trámites de trascendencia tributaria que involucren al Ministerio de Hacienda de España, tales como registro de propiedades fiscales, etc., pueden solicitar de forma gratuita y sin previa cita el Número de Identificación Fiscal (NIF) en el Consulado español correspondiente al país de residencia.
Los interesados pueden acceder a la web http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Paginas/inicio.aspx
en donde obtendrán la información acerca de la documentación exigida en las oficinas consulares. Una vez cumplidos los requisitos, presentarán la documentación en el Consulado que corresponda.
Además, los españoles residentes en el exterior que viajen temporalmente a España, por un periodo inferior a seis meses, y deban realizar operaciones con trascendencia tributaria podrán solicitar de la Administración Tributaria la asignación de un NIF, que comienza por la letra L.
Los documentos a presentar para solicitar el NIF son:
- Hoja de información del solicitante, que se entrega gratuitamente en el Consulado.
- Impreso oficial modelo 030, debidamente rellenado. Únicamente será recibido el modelo impreso en Internet.
- Original y dos fotocopias del pasaporte español.
- Carta explicativa de los motivos por los que solicita la asignación del N.I.F.
- Documentos que acrediten la residencia en el extranjero del solicitante
Las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el país de residencia del solicitante enviarán la documentación a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria competente en España, desde donde, una vez cumplido el trámite, remitirán al Consulado el NIF del interesado en donde deberá recogerlo.
Bibliografía: http://www.exteriores.gob.es/