10 junio, 2023

Las autorizaciones temporales de residencia de los extranjeros en España quedan automáticamente prorrogadas por el estado de alarma

CEEM. 20 de mayo de 2020

Las autorizaciones temporales de residencia y de trabajo, así como las autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería, cuya vigencia expire durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas o haya expirado en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, quedarán automáticamente prorrogadas por decreto  publicado este 20 de marzo el Ministerio de Sanidad en el Boletín Oficial del Estado de España.

La orden señala que la prórroga automática se iniciará al día siguiente de la caducidad de la autorización y se extenderá hasta que transcurran seis meses desde la finalización del estado de alarma.

Asimismo, recoge que la validez de las tarjetas de identidad de extranjero concedidas y cuya vigencia hubiera expirado durante el estado de alarma, así como en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, se prorrogarán automáticamente por el mismo periodo que las autorizaciones. Igualmente, para las tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión.

En lo relativo a las estancias de hasta de noventa días a las personas que se hallen en España y les haya expirado el permiso durante la vigencia del estado de alarma, verán su estancia prorrogada de forma automática por un periodo de tres meses.

En cuanto a la prórroga de los visados de larga duración expedidos al amparo de un Acuerdo de Movilidad de Jóvenes, así como los visados de estancia por estudios de hasta ciento ochenta días de duración cuya vigencia expire durante la vigencia del estado de alarma, será prorrogada durante un período de tres meses desde la finalización del estado de alarma, siempre que su titular se encuentre en España y no haya podido regresar a su país de origen.