Dirección General de Migraciones convoca ayudas 2014 del Programa de Jóvenes
El MEYSS hace pública la Resolución de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2014 del Programa de Jóvenes en la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al Programa.
El objeto de la convocatoria es la realización en el exterior de las siguientes actividades: Actuaciones para la integración social y laboral de los jóvenes; Programas de formación, especialización profesional y de emprendimiento, que permitan la incorporación en el mercado laboral del país de residencia; Programas de perfeccionamiento de lengua extranjera en el país de residencia y d) Programas que faciliten el retorno, así como la participación en proyectos emprendedores en España.
Las actividades subvencionadas tendrán como destinatarios finales jóvenes españoles, menores de 35 años, que acrediten un período de residencia en el exterior de al menos un mes en el momento de publicarse esta convocatoria. Los beneficiarios finales deberán estar inscritos en el Registro de Matricula Consular correspondiente en el momento de inicio de la actividad.
La Resolución publicada por el Ministerio de Empelo y Seguridad Social en el BOE explica que las solicitudes de ayudas podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas en el exterior, en las Consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las Secciones de Empleo y Seguridad Social de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario de la ayuda. En España, en las Áreas Funcionales o Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración, respectivamente, correspondientes al domicilio del solicitante o, en su caso, en las Direcciones Insulares, y en la Dirección General de Migraciones. En estas oficinas también podrán solicitar más información, tanto sobre el objeto de la ayuda como de los requisitos para acceder a la misma.
El plazo de presentación de solicitudes es de de veinte días hábiles contados a partir del 8 de mayo de 2014, día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución.
Por otra parte, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.