Pensionistas venezolanos retornados residentes en Canarias ya pueden solicitar las ayudas económicas

Entre los requisitos que deben cumplir se subraya carecer de recursos económicos, tener reconocida la pensión de jubilación por la República Bolivariana de Venezuela y que acreditar tener cumplidos los 65 años de edad a 31 de diciembre de 2015
CEEM. Caracas, 11-6-2918
Los pensionistas venezolanos retornados y residentes en Canarias podrán solicitar a partir de junio y hasta el uno de octubre la ayuda económica transitoria otorgada por el Gobierno de Canarias. «Deberán tramitar la ayuda económica en sus respectivos municipios mediante cita previa para la información y presentación de la solicitud», informó la directora general de Políticas Sociales e Inmigración, Reyes Henríquez. El pago de las ayudas lo abonará directamente la Comunidad Autónoma de Canarias «mediante pago único, siempre que las personas cumplan con todos los requisitos».
La nota de la Consejería de Empleo informa que se consideran personas beneficiarias de las ayudas económicas transitorias previstas, las personas físicas definidas en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, y que reúnan las condiciones de ser pensionista emigrante canario – venezolano retornado; tener reconocida pensión de jubilación por la República Bolivariana de Venezuela; que acrediten tener cumplidos los 65 años de edad 31 de diciembre de 2015 y hallarse empadronadas y/o que en la actualidad mantengan la situación de residencia permanente en Canarias; es decir, que dentro de los cinco años anteriores a la solicitud hubieran tenido la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Canarias, al menos, durante tres años.
Además, deberán demostrar que teniendo reconocido el derecho a la pensión de jubilación venezolana no la perciben de forma efectiva de la República Bolivariana de Venezuela, desde diciembre 2015 último mes abonado por el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (I.V.S.S.)
Por último, previa la correspondiente solicitud y valoración social por parte de los Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento, las personas interesadas deben acreditar carecer de recursos económicos suficientes, conforme la Ley de la Prestación Canaria de Inserción. Se entiende la carencia de los mismos, cuando los ingresos no superen la cuantía íntegra anual de la ayuda fijada en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017 para la Pensión no Contributiva de Jubilación (5.164,60 euros anuales), excluyéndose el cómputo de dicha cuantía en la unidad de convivencia cuando existiera una pensión reconocida análoga a la solicitada.